Por Redacción
En un nuevo revés judicial para el gobierno nacional, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió revocar el rechazo inicial de una acción de amparo presentada por más de veinte organizaciones sindicales contra dos resoluciones del Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich. El tribunal consideró que las medidas impugnadas podrían representar una “criminalización del ejercicio del derecho a huelga”.
El fallo, emitido el último martes por la Sala IX, ordenó que se tramite la demanda contra las resoluciones 893/2024, que dispuso la creación del Comando Unificado de Seguridad Productiva, y la 901/2024, que estableció un protocolo de actuación ante supuestos bloqueos en ámbitos laborales. Según denunciaron las organizaciones gremiales, ambas normas “instauran un protocolo que permite la intervención de fuerzas de seguridad, la identificación de manifestantes y hasta la remisión de sus datos a la justicia penal”, lo que, a su juicio, configura un mecanismo de “represión y criminalización del ejercicio del derecho a huelga”.
En su presentación, distintas organizaciones sindicales advirtieron que las resoluciones cuestionadas constituyen “una avanzada inconstitucional sobre la libertad sindical”. Argumentaron que el Ministerio de Seguridad pretende atribuirse la facultad de determinar, sin control judicial, si una medida de fuerza representa un “bloqueo” que habilite la represión, el despido o la persecución penal. Plantearon que estas disposiciones violan la Constitución Nacional, convenios de la Organización Internacional del Trabajo y tratados internacionales con jerarquía constitucional.
Al evaluar el caso, la Cámara sostuvo que el amparo sindical previsto en el artículo 47 de la Ley 23.551 es “una herramienta procesal adecuada para cuestionar actos estatales que puedan interferir con el ejercicio regular de los derechos colectivos”. En ese sentido, remarcó que las resoluciones del Ministerio de Seguridad “podrían incidir sobre la actividad gremial en los ámbitos de representación de las entidades actoras”, lo que configura un escenario que “justifica la apertura del proceso y la revisión judicial, ante el riesgo cierto de afectación a garantías constitucionales vinculadas a la libertad sindical”.
El tribunal consideró que existen elementos suficientes para admitir el tratamiento del amparo y permitir que avance la discusión judicial sobre la legalidad y legitimidad de las resoluciones impulsadas por Bullrich. El juzgado de origen deberá ahora resolver si concede o no la medida cautelar solicitada por los sindicatos, que pidieron la suspensión de las normas mientras se tramita el fondo del expediente.
La decisión de la Cámara se enmarca en un contexto de creciente tensión entre el gobierno libertario y el movimiento obrero, ante una política de seguridad que, según denuncian los actores sindicales, busca acallar la protesta social con herramientas represivas ajenas al marco constitucional y al derecho laboral vigente.