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El Gobierno Nacional estableció por decreto que las y los trabajadores asociados a cooperativas de trabajo registrados ante INAES podrán contratar el servicio ART

Por Redacción

El Gobierno Nacional estableció por decreto que las y los trabajadores asociados a cooperativas de trabajo registrados ante el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social podrán contratar el servicio de aseguradoras del riesgo del trabajo. Desde presidencia indicaron que este es un “derecho” que hasta el momento solo podían ejercer aquellos y aquellas que se encuentran bajo relación de dependencia.

Alexandre Roig, presidente del INAES, remarcó que “este decreto amplia derechos para los trabajadores, permitiendo a las cooperativas de trabajo acceder de manera facultativa al sistema de las ART”.

El funcionario sostuvo que este “es el primer paso en el camino de reconocimiento de las y los trabajadores asociados, de sus derechos y de la centralidad que tienen dentro de la organización laboral y productiva argentina”.

En líneas generales el decreto presidencial encuentra base de sustento en la resolución 4664/13 del INAES donde se dejó asentado que las cooperativas de trabajo “deberán prestar a sus
asociados y asociadas los beneficios de la seguridad social, incluyendo el pago de las prestaciones dinerarias que les corresponda percibir en caso de enfermedades o accidentes.

Asimismo, dichas obligaciones “podrían ser sustituidas mediante la contratación de seguros con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo de coberturas que prevean la reparación del daño, así como también la obligación de solventar la prevención del riesgo”.

Desde el organismo, informaron que “en este sentido, “nada obsta para disponer que las entidades cooperativas de trabajo puedan contratar para sus asociados y asociadas las protecciones previstas” en la Ley de Riesgos de Trabajo N° 24.557, por lo que se decreta extender a las y los trabajadores cooperativistas los derechos enumerados en dicha ley, específicamente, la contratación de seguros laborales”.

Por último, el INAES especificó que “a partir de esta decisión, toda entidad asociativa registrada como cooperativa de trabajo podrá decidir la contratación de servicios de una aseguradora de riesgos del trabajo mediante un acto de “la asamblea de socios y socias de la Cooperativa de Trabajo, conforme las formalidades y condiciones dispuestas por la Ley N° 20.337, sus normas complementarias y los estatutos cooperativos””.

 

 

 

27/9/2022

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