Por Redacción
El Gobierno de Javier Milei avanzó con una nueva barrera para el acceso a la salud pública. El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó el mecanismo que obliga a los extranjeros sin residencia permanente a presentar un seguro médico o pagar antes de recibir prestaciones que no sean consideradas de emergencia en los hospitales administrados por el Estado nacional. La medida, establecida mediante la Resolución 1066/2026, profundiza el cambio impuesto por el Ejecutivo a la Ley de Migraciones a través del DNU 366/2025.
La decisión transforma una parte de la atención sanitaria pública en un servicio condicionado por la situación migratoria y la capacidad de pago. Para quienes no tengan residencia permanente, el hospital deberá verificar si poseen cobertura y, si no cuentan con ella, elaborar un presupuesto y cobrar la prestación antes de realizarla. En caso de disponer de un seguro, la institución deberá iniciar el procedimiento para recuperar el costo ante la compañía.
El nuevo esquema no alcanza a los extranjeros con residencia permanente, quienes conservarán el acceso al sistema público en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. Para acreditar esa situación deberán presentar el DNI correspondiente. La diferenciación queda establecida, entonces, entre quienes tienen residencia permanente y quienes se encuentran en el país sin esa condición.
La única atención que el Gobierno mantiene fuera del mecanismo de cobro es la emergencia. La resolución determina que ningún hospital podrá rechazar ni demorar una asistencia cuando exista riesgo cierto e inminente para la vida o las funciones vitales. Paros cardiorrespiratorios, infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales forman parte de las situaciones contempladas.
La medida obliga a los hospitales a incorporar un procedimiento administrativo que puede tener consecuencias concretas sobre el acceso a la atención. Si una persona llega con una emergencia, recibe asistencia y luego necesita continuar con un tratamiento que deje de ser considerado urgente, los gastos posteriores podrán ser facturados. La clasificación del cuadro quedará bajo responsabilidad del profesional de salud que intervenga.
La reglamentación constituye la aplicación práctica de una modificación que Milei introdujo en 2025 y que significó un cambio en el criterio de acceso a la salud pública para los extranjeros no residentes. El DNU 366/2025 estableció que esas personas deben contar con un seguro o pagar las prestaciones habituales, mientras que la asistencia de emergencia debe garantizarse sin importar la situación migratoria.
El Gobierno justificó aquella reforma con un discurso centrado en el supuesto costo que representa la atención de extranjeros para el sistema sanitario. En ese marco, el Poder Ejecutivo afirmó que “el año pasado solamente en 8 hospitales nacionales se gastaron 114.000 millones de pesos en atender a extranjeros” y vinculó la atención sanitaria de personas provenientes de otros países con los denominados “tour sanitarios”.
Ese argumento permite observar el sentido político de la medida: el Gobierno presenta el acceso a la salud como un costo que debe recuperarse cuando quien necesita atención no posee determinada condición migratoria. La resolución ahora lleva esa lógica a los hospitales nacionales y establece cómo deberán cobrar, facturar y recuperar el dinero de las prestaciones.
El problema no se reduce a una cuestión administrativa. La nueva reglamentación incorpora una diferencia en el acceso a la atención sanitaria según la situación migratoria de la persona y establece que, fuera de una emergencia, un extranjero sin residencia permanente deberá demostrar que puede pagar o que cuenta con una cobertura. En la práctica, la posibilidad de recibir una prestación queda ligada a una condición que excede la necesidad médica.
La reglamentación consolida así una política supremacista sustentada por el dogma materialista donde la persona humana se convierte en un recurso. De este modo, la política de salud pública deja de depender exclusivamente de la necesidad sanitaria y pasa a estar condicionado por los recursos materiales. La nueva lógica de Milei contradice los principios de integración que han regido históricamente en el país.