CORREPI advirtió que la nueva resolución del Ministerio de Seguridad convierte a la Policía Federal en ejecutora de la “seguridad nacional”

Por Redacción

La Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI) alertó sobre la nueva resolución del Ministerio de Seguridad Nacional, firmada por Patricia Bullrich, que modifica la ley orgánica de la Policía Federal Argentina (PFA). Esta medida, incluida como anexo del Decreto 383/2025 publicado en el Boletín Oficial, otorga a la PFA amplias facultades para efectuar detenciones, allanamientos, requisas personales y de vehículos sin control judicial, además de tareas de espionaje y el uso ostensivo de sus armas.

En tal sentido, se cambia la función de la fuerza, que pasa de proteger bienes y personas a actuar como ejecutora de las políticas de “seguridad nacional”. CORREPI manifestó: «Venimos señalando con enorme preocupación que las muchas reformas y reestructuraciones normativas que el gobierno de La Libertad Avanza viene implementando en todos los ámbitos, permiten definir la etapa como un verdadero cambio de régimen con la destrucción de las libertades democráticas, derechos y garantías históricas del pueblo argentino».

Del mismo modo, indicó que el nuevo estatuto de la PFA elimina su definición como “policía de seguridad y judicial dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación” y la transforma en garante de la Seguridad Nacional. El texto reglamentario autoriza a la PFA a intervenir “en el mantenimiento del orden público y de la seguridad de manera espontánea en caso de delitos flagrantes, a requerimiento del Ministerio de Seguridad Nacional o, en su caso, de las demás autoridades competentes”.

La organización contra la represión, advirtió que «a partir de ahora, la PFA deja de ser definida oficialmente como como “policía de seguridad y judicial dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación”, para la protección de bienes y personas de particulares, funcionarios y empleados y bienes del Estado Nacional, para convertirse en garante de la protección de la Seguridad Nacional».

Asimismo, se la habilita a “realizar tareas de inteligencia criminal, mediante la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información referida a actividades criminales o riesgos que afecten a la seguridad interior, a efectuar análisis criminal, de políticas de seguridad y de operatoria policial, por fuera de las disposiciones de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificaciones”.

CORREPI indicó que la fuerza estará facultada a “recabar información y asegurar pruebas, con el fin de que luego sean presentadas al Ministerio Público o a los jueces competentes, para facilitar el inicio o la continuación de una investigación”. Explicó que esto implica que “en lugar de investigar hechos o personas a pedido del poder judicial, es la policía la que decide qué elementos reunir, respecto de qué hecho, para luego dar inicio a una causa judicial”.

El organismo indicó que la PFA podrá “acceder a información y bases de datos públicas y privadas y elaborar sus propias bases de datos y sistemas de información”, y que podrá “decidir que allanamientos, detenciones o secuestros hay que efectuar y requerir a los magistrados la autorización para hacerlos”.

La resolución amplía el “uso del ciberpatrullaje sin autorización ni orden judicial, en todo tipo de espacio público digital (redes sociales, sitios web, etc.)”. También habilita a la fuerza para “realizar requisas personales, de vehículos y pertenencias sin orden judicial, especialmente en la vía pública o en lugares de acceso público”.

CORREPI expresó que la norma exceptúa a la PFA de regirse por las disposiciones procesales federales vigentes “cuando la autoridad jurisdiccional brindare precisiones o indicaciones específicas respecto de las formalidades que deben observarse para el cumplimiento de la medida”, lo que implica que “si los mandos políticos dan una orden contraria al Código Procesal” esta podría ser acatada.

La organización señaló que la resolución faculta a la PFA “a hacer uso de la fuerza para el cumplimiento de sus funciones y específicamente a esgrimir ostensiblemente sus armas para asegurar la defensa oportuna de las personas o derechos de terceros o los propios, sin referencia alguna a las leyes y convenios internacionales supra constitucionales que imponen como requisito para usar el arma una amenaza equivalente y del mismo grado”.

Por último, CORREPI confirmó que este decreto y su reglamentación “se suman al conjunto de medidas ya implementadas desde el gobierno nacional que vienen ampliando al infinito las facultades policiales, reduciendo controles y garantizando la impunidad de sus ejecutores y mandantes, lo que ya se refleja en el abultado aumento de los fusilamientos de gatillo fácil, las detenciones arbitrarias y la represión cotidiana a la protesta social”.

 

 

 

 

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