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Con el objetivo de fomentar la contratación formal de trabajadores y trabajadoras el gobierno presentó el proyecto de Ley “Empleo Mipyme”

Por Redacción

La Comisión de Presupuesto y Hacienda del Congreso de la Nación anunció el último miércoles, el lanzamiento del Proyecto de Ley “Empleo Mipyme”, con el propósito de estimular la contratación formal de trabajadores y trabajadoras en Argentina. El  programa busca generar y fortalecer el empleo en el país.

Para discutir y respaldar este proyecto, se convocó a figuras destacadas del gobierno, incluida la ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Kelly Olmos; la directora general de Recursos de la Seguridad Social (AFIP), María Ruiz Malec; el secretario de Industria y Desarrollo Productivo, José de Mendiguren; y la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Ballestrini.

El objetivo central del “Empleo Mipyme” es promover la condonación del 100 % de los aportes patronales para las pequeñas y medianas empresas que contraten nuevos trabajadores, inclusive a jóvenes de entre 18 y 25 años. Estos incentivos fiscales tendrán una duración de 24 meses, a partir del inicio de la relación laboral, y se aplicarán a beneficios que regularicen a trabajadores no registrados.

Para el resto de beneficios del sector privado, se contempla una reducción del 50 % en las contribuciones patronales durante los primeros 12 meses, seguidas de un 25 % de reducción en los 12 meses siguientes. Para acceder a estos beneficios, las empresas deben cumplir con ciertos requisitos, entre ellos, no tener obligaciones previsionales de pago pendientes y no estar incluidas en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales.

En relación a la condonación del 100 % de las contribuciones patronales, este beneficio se aplica a trabajadores que no estén beneficiándose de programas sociales y de empleo nacionales que otorguen prestaciones económicas, así como a aquellos que sí estén recibiendo estas prestaciones.

En lo que respeta a los trabajadores no registrados, el proyecto contempla la posibilidad de que los empleadores regularicen la situación laboral de estos trabajadores, lo que resultaría en la extinción de acciones penales y la liberación de infracciones, multas y sanciones. Además, se incluye  la eliminación de la empresa del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales, así como la condonación de la deuda de capital, intereses, multas y punitorios.

Fuentes oficiales confirmaron que el beneficio se podría dar de baja si se redujera “la nómina laboral, si se constatara personal no registrado con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y no se hubieran registrado, o con posterioridad a la misma, se registren obligaciones previsionales de pago líquidas y exigibles, se ingrese al REPSAL con posterioridad a la regularización de trabajo no registrado o se incurra en prácticas laborales indebidas y/o abusivas”.

 

 

 

14/9/2023

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