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La CGT afirmó que la cautelar de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo “pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores”

Por Redacción

El Consejo Directico de la Confederación General del Trabajo consideró este miércoles que la medida cautelar dictada por el Tribunal de Feria de la a Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo “pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores y no tendrá vigencia hasta tanto la justicia resuelva el planteo de inconstitucionalidad”.

El fallo judicial se conoció en esta fecha en el marco de la presentación que a CGT hizo la semana pasada ante la justicia. El pasado martes la Central Obrera convocó a una multitudinaria movilización en Tribunales donde se expuso su rechazo al DNU 70 / 2023 del Ejecutivo Nacional, que violenta las normativas laborales vigentes.

En tal sentido, la conducción sindical explicó que “la Cámara considera que el planteo de la CGT no coincide con el tramitado en proceso colectivo que se ventila ante la justicia contencioso administrativo federal, al que el gobierno pretendía enviar el expediente, ya que los intereses no son homogéneos con los que se ventilan en aquel, puesto que lo que se debate en la justicia laboral es el derecho del trabajo aplicable a los trabajadores de le República Argentina”.

“Entiende que hay circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican la asunción de competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en esta contienda y el dictado de la cautela”, expuso el Consejo Directivo de la CGT.

Por otro lado, sostuvo que el tribunal “justifica su decisión de dictar la medida cautelar en que el DNU introduce importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia laboral no habiendo explicado como las reformas planteadas podrían remediar la situación referida en sus fundamentos como para justificar una reforma laboral general y peyorativa para los trabajadores”.

Asimismo, la CGT remarcó que el fallo “destaca que las modificaciones introducidas regresivamente afectan la interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc”.

 

 

 

 

 

3/1/2024

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