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La Cámara Nacional del Trabajo suspendió la aplicación del DNU de Javier Milei en materia laboral

Por Redacción

A partir de la presentación judicial realizada por la Confederación General del Trabajo la semana pasada, la Cámara Nacional del Trabajo, a través del Tribunal de Feria, dictó la medida cautelar que deja sin efecto el capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia impulsado por el presidente Javier Milei.

El Tribunal, integrado por las juezas María Dora González, Andrea E. García Vior y el juez José Alejandro Sudera, dispuso dictar “una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”, según lo expuesto en el despacho 56862.

Entre los argumentos manifestados por el tribunal para dar curso a la medida cautelar, el tribunal manifestó que “no puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso o que no se halla sujeto al control judicial”.

De este modo, la justicia laboral dio curso al pedido de la CGT y dejó sin efecto el mandato impuesto por el DNU presidencial que dañaba de manera sustancial los derechos conculcados por ley y mandato constitucional en torno a la preservación de la dignidad laboral. Fuentes sindicales destacaron la importancia del fallo y se mostraron optimistas en relación a la actuación legislativa para que se declare inconstitucional el decreto dictado por Milei.

 

 

 

 

3/1/2023

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