Por Redacción
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dispuso este lunes 21 de septiembre la prórroga de la suspensión de elecciones sindicales hasta el próximo 28 de febrero del 2021, en el marco de la pandemia de COVID-19. De esta manera, también se prorrogan los actuales mandatos de la conducciones gremiales, tal como se estableció en la Resolución 202 del 13 de marzo y sus respectivas modificaciones.
El argumento establecido en la nueva Resolución expone que “el contexto descripto no se ha modificado y continúa siendo necesaria la cooperación en la implementación de las medidas recomendadas y/o dispuestas a fin de prevenir la reunión de conglomerados de personas, incluyendo expresamente, entre otras entidades, a las sindicales, por lo que incumbe a esta Secretaría, analizar desde esta perspectiva, las implicancias de los actos institucionales propios del desarrollo de la vida de aquéllas”.
Asimismo entre los fundamentos de la resolución se precisó que “la vigencia de la emergencia sanitaria y el desconocimiento sobre el momento y el modo en que esta se dará por finalizada, genera situaciones de incertidumbre que resultan contraproducentes a los fines del ejercicio de las representaciones correspondientes al ámbito de las asociaciones sindicales”.
En tal sentido se resolvió “prorrogase hasta el 28 de febrero de 2021 la suspensión de los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación; ello sin perjuicio de los actos cumplidos en los procesos electorales que se hallaban en curso de ejecución y que fueron suspendidos por la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 489/20”.
De tal modo “ampliase la prórroga de los mandatos, dispuesta por la Resolución de la Secretaría de Trabajo 489/2020, de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y los mandatos de los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares que hubieran vencido a posteriori del 16 de marzo de 2020, por el plazo de 180 días, a partir del 28 de febrero de 2021”.
Finalmente, de la resolución “quedan exceptuadas de la prórroga de mandatos aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020”.
22/9/2020