Por Redacción
La Justicia del Trabajo, a través del juzgado N° 76, a cargo del juez Dr Fernando Alfredo Vilarullo dio lugar, este miércoles, a la medida cautelar que solicitó el Colegió Público de Abogados de la Capital Federal y decidió la suspensión de la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia, 669/19, que posibilitó la baja de las indemnizaciones por accidentes de trabajo.
En el fallo, el Juez consideró que “que al encontrarse invocada la tutela de derechos de naturaleza alimentaria, el supuesto en examen queda comprendido en la previsiones del artículo 2, inciso 2 de la ley 26.854 y, por consiguiente, en la excepción del art. 4 inc. 3 del mismo cuerpo legal que habilita su trámite sin necesidad de requerir el previo informe de la autoridad pública acerca del interés público comprometido”.
En el dictamen el Juez Vilarullo precisó que “considero que los requisitos para el dictado de la medida cautelar establecidos en el art. 13 de la ley 26.854, se encuentran suficientemente configurados en esta etapa liminar, sin perjuicio de aclarar que este temperamento no implica en modo alguno adelantar un pronunciamiento, desde que la cuestión deberá ser objeto de tratamiento y decisión en la etapa procesal oportuna, mediante el pronunciamiento que a tal fin se dicte”.
Finalmente en el Juez resolvió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, decretar la suspensión de la aplicación del decreto de necesidad y urgencia 669/2019”.