Diario de la FeMPINRA

La FeMPINRA apoyó la iniciativa del Ministerio de Transporte de cobrar un canon a embarcaciones de bandera extranjera que navegan por la vía troncal del Paraná

Por Redacción

La Federación Marítima, Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina, manifestó su apoyo a la resolución del Ministerio de Transporte de la Nación de establecer el pago de un canon de 1,47 dólares por cada tonelada transportada en embarcaciones con bandera de paraguaya que naveguen por la vía navegable troncal del Paraná. La organización sindical que lidera Juan Carlos Schmid, expresó que esta es “una tarifa retributiva del servicio de dragado y balizamiento”.

En tal sentido, el Consejo Directivo de la FeMPINRA, explicó  que “el acto que lleva adelante el Ministerio de Transporte no agrede el compromiso asumido en tanto y en cuanto no establece ninguna imposición, ni un gravamen, ni un tributo, ni un derecho sobre el transporte o la navegación”.

En tal sentido, sostuvo que “toda mejora que se realice en la vía navegable es positiva, porque tiende a mejorar la seguridad y las condiciones en la navegación, al tiempo que agiliza y promueve el sistema como modo logístico de manera eficiente”.

Asimismo, para la conducción de la Federación, “las obras y servicios que se ponen a disposición del sector se deben pagar y el hecho de cobrar un peaje es una forma razonable para su mantenimiento. No implica darle un tratamiento distinto a las embarcaciones de banderas nacionales del que se brinda a las embarcaciones de banderas de los demás países signatarios del acuerdo, ni realizar discriminación alguna en razón de la bandera del buque”.

“Nuestro país hace rato que abandonó la instrumentación de políticas estratégicas en la cuenca, dando lugar a la extranjerización del espacio geoeconómico por falta de protagonismo desde el Estado. Por eso es saludable esta postura del Ministerio de Transporte”, subrayó la dirigencia sindical que integra la FeMPINRA.

Por último, le Consejo Directivo remarcó que “la decisión tomada desde el Ministerio de Transporte se hace con las facultades propias por ser la autoridad competente que rige la actividad del transporte en la Argentina, respetando en su totalidad lo establecido por la resolución 625/22 y la resolución 618/18. No se agreden los tratados internacionales firmados. No es necesaria  la participación en su elaboración del Ministerio de Relaciones Exteriores”.

 

 

 

 

 

25/4/2023

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