Por Redacción
La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió por unanimidad quitarle a Cristina Fernández de Kirchner el derecho al voto. El fallo se produce en el marco de la condena firme a seis años de prisión en la causa “Vialidad” y se enmarca en lo que sus defensores y aliados califican como persecución política y judicial contra la expresidenta.
El tribunal integrado por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas revocó la resolución emitida el 18 de julio por la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto. La magistrada había declarado la inconstitucionalidad del artículo 19 inciso 2 y del artículo 12 del Código Penal, junto con el artículo 3 inciso “e” del Código Nacional Electoral, que ordenan la exclusión del padrón de quienes tienen condena por delitos dolosos.
Los camaristas se ampararon en dos precedentes de la Corte Suprema: “Procuración Penitenciaria” y “Orazi”. Recordaron que, en el primero, el máximo tribunal advirtió que el Congreso debía revisar la normativa para evitar “restricciones genéricas y de carácter automático” al sufragio de personas con condena. Sin embargo, en el segundo fallo, la Corte estableció que no era posible habilitar el voto de oficio y de manera general, sino que debían cumplirse “condiciones mínimas”.
La Cámara argumentó que la sentencia de Borruto no cumplió esos requisitos. Señaló que el caso debía surgir “por petición del interesado o del Ministerio Público” y que la habilitación debía ser “jurídica y fácticamente viable” de acuerdo con “el tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitación”. Los jueces remarcaron que la jueza actuó de oficio y sin constatar esas circunstancias.