Por Redacción
El Ministerio de Trabajo dispuso que, a partir del nuevo ciclo lectivo 2021, se justifique la inasistencia laboral de uno de los adultos responsables del niño o niña u adolescente, en escolaridad, cuya presencia en el hogar sea indispensable para el cuidado de los mismos. Esta decisión modificó el artículo 3 de la resolución del 16 de marzo de 2020.
Según la disposición ministerial dicha justificación contemplará los días en los que no exista concurrencia a las clases presenciales en las escuelas o en casos donde la concurrencia sea con jornada presencial reducida y no se cumpla con la jornada normal.
El Ministerio de Trabajo precisó que “la persona alcanzada por esa justificación deberá notificar esa circunstancia a su empleador y, para permitir el adecuado control, tendrá que completar una declaración jurada que contenga los datos del niño o adolescente, el grado o año que cursa, los datos del establecimiento educativo al que concurre y el régimen de presencialidad dispuesto en esa institución”.
De mismo modo se deberá declarar que su presencia es indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, así como también los días que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplimentarse la jornada escolar habitual.
Desde la cartera de trabajo señalaron que “las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control”.
Asimismo se puntualizó que “no se solicitará ninguna certificación especial o que la expida el colegio, porque es el principio de buena fe el que rige todo acuerdo entre las pates”.
12/2/2021