La Disposición Transitoria Primera de nuestra Constitución Nacional, sancionada por unanimidad hace más de tres décadas en las ciudades de Santa Fe y Paraná, afirma:
“La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.
Esta manda constitucional, sin embargo, se choca con el Artículo 22, también constitucional, que prescribe: “El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución”.
¿Qué hicieron nuestros representantes políticos con la causa de recuperación de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes?
Más allá de las recurrentes protestas formales ante los organismos multilaterales, de las declaraciones altisonantes cada 2 de abril y de la retórica reivindicatoria vacía, es evidente que nuestras élites han actuado –por acción u omisión–, en complicidad con los continuos avances británicos para consolidar su ocupación colonial en el Atlántico Sur.
La claudicación de nuestra dirigencia política ante el principal conflicto de soberanía territorial que afecta a nuestro país evidencia también su renuncia a defender el conjunto de los intereses de nuestra comunidad nacional.
Por ello, en vísperas de un nuevo aniversario de la recuperación transitoria de nuestros territorios usurpados por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los abajo firmantes creemos necesario convocar a cada uno de los integrantes de la comunidad argentina, sin diferencias partidarias, religiosas, sociales, étnicas o de cualquiera otra naturaleza, para reclamar enfáticamente ante las autoridades de los tres Poderes del Estado la adopción de las medidas que entendemos deben concretarse para aproximarnos al objetivo establecido en nuestra Constitución, y que constituye una de las principales causas de Unidad Nacional.
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Sin el ánimo de agotar la agenda de demandas y propuestas, entendemos que los representantes transitorios del Estado Nacional – cualquiera sea su signo partidario – deben encarar las siguientes acciones políticas:
- Derogación por parte del H. Congreso de la Nación de la Ley 24.184 y denuncia por parte del Poder Ejecutivo Nacional del Tratado Bilateral de Inversiones con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de 1992. Resulta inconcebible que la potencia que ocupa ilegalmente y por la fuerza nuestros territorios del Atlántico Sur, goce de los privilegios de Nación más favorecida, explotando los recursos estratégicos de nuestra economía (minería, energía, alimentos, finanzas, etc.).
- Cancelación por parte del Poder Ejecutivo de los llamados “Acuerdos de Madrid I y II” (1989-90) porque constituyen verdaderos Tratados no aprobados por el H. Congreso de la Nación, violan la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional y funcionan como dispositivos de sumisión colonial de nuestro país ante las potencias anglosajonas.
- Derogación del Acuerdo Di Tella-Rifkind sobre cooperación petrolera de 1995 por ser contrario a los intereses argentinos y de todas las concesiones realizadas por los sucesivos Gobiernos en las cuencas marítimas del Atlántico Sur, porque violan la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional y la Ley 26.659.
- Cancelación definitiva y completa del Pacto Foradori-Duncan de 2016 y del Pacto Mondino-Lammy de 2024 y todas sus normas conexas, por ser unilateralmente favorables al Reino Unido de Gran Bretaña.
- Derogación de la Ley 25.290 por la que se aprobó el “Acuerdo sobre la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982 relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios”, porque su ratificación por Decreto permitiría legitimar como Estado ribereño al ocupante ilegal de los archipiélagos australes en disputa, el cual, sin perjuicio de las reservas y declaraciones que se hicieren, obtendría el reconocimiento como tal por otros Estados miembros de dicha organización o arreglo subregional, dando lugar a un proceso difícilmente reversible destinado a socavar la soberanía territorial y marítima de la República Argentina en el Atlántico Sur.
- Reglamentación del Artículo 92, inciso b) de la Ley 26.206, estableciendo con precisión los contenidos, materiales pedagógicos, actividades de actualización y formación docente, y demás acciones tendientes a la enseñanza de la Causa de recuperación de nuestra Soberanía en las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, en todas las jurisdicciones y niveles del sistema educativo. Habiéndose cumplido más de dieciocho años de la sanción de esta Ley, se comprueba su incumplimiento por parte del Estado Nacional y los Estados Provinciales para adecuar sus contenidos a la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, cristalizando los contenidos desmalvinizadores emergentes de la inmediata posguerra por el II Congreso Pedagógico Nacional, durante el gobierno alfonsinista.
- Denuncia de la condición de la República Argentina como “Aliado Extra-OTAN” y repudio de la solicitud efectuada por el actual Gobierno Nacional para incorporarnos como miembro pleno de la Alianza Occidental, por ser ésta la garante de la presencia militar británica en los territorios suratlánticos ocupados ilegalmente por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
- Replanteo de nuestro reclamo diplomático ante la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos multilaterales, poniendo énfasis en la aplicación de la Resolución AGNU 1514 (XV) de Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, intensificando la denuncia sobre la militarización operada por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el Atlántico Sur y la aplicación de medidas unilaterales británicas para la concesión de explotaciones ilegales en materia pesquera y petrolera en nuestros territorios usurpados en el Atlántico Sur.
- Exigir la desclasificación de toda la documentación existente en los archivos del Estado Nacional relativa al conflicto bélico de 1982, asegurando el acceso a la información a investigadores, docentes, alumnos y al resto de los ciudadanos de nuestro país.
- Cumplimiento inmediato de la Ley 26.659, así como de las incompatibilidades y penalidades entre empresas que participen – directa o indirectamente – en negocios en las Islas y a la vez tengan intereses en la Argentina continental.
- Exigir al Poder Ejecutivo Nacional que inicie acciones legales contra las empresas extranjeras que realizan la pesca ilegal en aguas jurisdiccionales argentinas alrededor de Malvinas o capturan las especies migratorias en la llamada “milla 201”, y reclame ante los Gobiernos de origen de esas flotas pesqueras, por la violación de la Res. 31/49 de la Naciones Unidas, las Leyes 24.922 y 24.543 y la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
- Cumplimiento de la Ley 24.517 para la inmediata conformación de la Comisión Investigadora de Crímenes de Guerra, integrada por representantes de los tres poderes del Estado Nacional.
- Denuncia de la Declaración Conjunta bilateral del 14 de julio de 1999, cancelando los permisos otorgados por el Estado Nacional para el tránsito de su espacio aéreo a aeronaves que se dirijan a las Islas Malvinas desde cualquier punto de la Argentina continental, o de aeronaves procedentes de cualquier país del subcontinente suramericano.
- Aplicación estricta de las Leyes “Gaucho Rivero” para impedir que amarren en puertos continentales argentinos, aquellos buques que procedan de, o se dirijan a nuestras Islas Malvinas, para participar en actividades tendientes a sostener el régimen colonial ilegal británico en nuestros territorios usurpados.
- Promoción de gestiones ante los países suramericanos, para extender el bloqueo naval a nuestras Islas usurpadas, impidiendo el amarre de buques de cualquier bandera en sus puertos, que naveguen desde y hacia las Islas Malvinas para sostener la ocupación ilegal.
Somos conscientes que existen muchos otros asuntos que hacen a la Soberanía integral de nuestra Patria. En este escrito, nos limitamos a enumerar los que entendemos como prioritarios y urgentes para la Causa de recuperación de nuestras Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, para el cumplimiento de nuestra Constitución Nacional y para la honra a nuestros Héroes caídos en su defensa.
VGM CANGIANO Fernando Pablo, (Grupo de Reflexión La Malvinidad)
VGM GONZÁLEZ TREJO César, ( Director Observatorio Malvinas UNLa)
VGM PAGNANELLI Gustavo,
VGM RODRÍGUEZ Lorenzo
VGM SOPEREZ Juan Marcos (Foro Patriótico y Popular)
VGM TETTAMANZI Santiago
ANZALDI Pablo
AVILÉS José
DA SILVA Ricardo R.
DAMASCO Luis Asís
EGUABURO Cesar José
FELIZIA Pablo
FORERO Néstor (Foro Argentino de la Deuda Externa)
GALÍNDEZ Roberto
GALVÁN Miguel
GASCÓ Oscar
GIULIANO Héctor
GÜTTNER Carlos H.
LARRAGGIONE Pedro Adrián
LERENA César Augusto (Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana)
LÓPEZ Carlos Alberto (Director de la Cátedra Libre Malvinas Argentinas UTN-FRLP)
LUALDI Eduardo Mariano (Foro Patriótico y Popular)
MARIONI Humberto
MÁRQUEZ Manuel
MARTÍNEZ DE PHILIPPEAUX Virginia del Valle (Foro Patrióticoy Popular)
MARZOCCHI Victorio Ángel(Foro Patriótico y Popular)
MELGAREJO Hugo (Director de la Escuela de FormaciónPolítica Resurgir)
MICUCCI Horacio(Foro Patriótico y Popular)
MITTON Ángel Gabriel
PELLEGRINI Jorge Luis
QUIÑONES Rodrigo
RODAS Matías (historiador, becario doctoral de CONICET)
SASSETTI Fernando
SOLIS Carlos Víctor
STEIN Enrique, (Médico y Psiquiatra. Atención a Veteranos de Guerra de Malvinas)
6/2/2025