Por Redacción
Mientras insiste en la necesidad de bajar la edad de imputabilidad, el gobierno de Javier Milei modificó la Ley Nacional 20.429 de Armas y Explosivos y estableció una nueva edad mínima de 18 años para ser considerado legítimo usuario de armas. El cambio se formalizó mediante el Decreto 1081/2024, que fue publicado en el Boletín Oficial y firmado por el mandatario, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
El oficialismo libertario justificó la medida en base a la necesidad de actualizar la legislación en consonancia con el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado en 2014, el cual establece la mayoría de edad a partir de los 18 años. En los fundamentos del decreto, se argumentó que “corresponde modificar el artículo 55 de la Reglamentación de la Ley 20.429 aprobada por el Decreto 395/75 y sus modificatorios, a efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los 18 años”.
A pesar de la reducción de la edad mínima, los otros requisitos para obtener la habilitación siguen vigentes. Se mantiene la condición de que el solicitante no presente “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten para la tenencia de armas de fuego”, con la posibilidad de exigir un “certificado médico” si existen “razones fundadas”. Asimismo, es necesario “acreditar ante la dependencia policial con jurisdicción en el domicilio del interesado, identidad, domicilio real y medios de vida lícitos”.
Con la modificación, los criterios para ser legítimo usuario de armas incluyen:
- Ser mayor de 18 años.
- No tener condiciones físicas o psíquicas que impidan la tenencia de armas de fuego. En caso de existir razones fundadas, se puede solicitar un certificado médico.
- Presentar ante la policía local la identidad, domicilio real y medios de vida lícitos, además de la verificación de antecedentes y la toma de fichas dactiloscópicas para el Registro Nacional de Armas.
10/12/2024