Por Redacción
La Confederación General del Trabajo rechazó con dureza la decisión del gobierno de Javier Milei que propone modificaciones en el mecanismo de actualización de las asignaciones familiares, en el Presuepuesto 2025. Según la propuesta oficialista, que será debatida en el Congreso, los montos que reciben los trabajadores en relación de dependencia por asignaciones familiares quedarían a la discrecionalidad del Ejecutivo.
La CGT advirtió que esta medida representa una “forma encubierta de congelar las asignaciones” y pidió a los legisladores nacionales que no convaliden un nuevo “avance sobre el poder adquisitivo de las familias de los trabajadores”. El proyecto de ley impulsado por el oficialismo tiene como objetivo reformar el sistema de actualización de diversas asignaciones, lo que incluye la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, la Ayuda Escolar y la Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad.
Con esta iniciativa, se eliminaría la “movilidad” de las asignaciones y subordina a las decisiones de gestión del gobierno la determinación de los aumentos, en un contexto de fuerte ajuste del gasto público. La central obrera afirmó que esto constituye un “golpe directo sobre el bolsillo de las familias trabajadoras”.
La CGT remarcó: “Al final, la casta eran las familias trabajadoras: más impuestos, menos trabajo y protección. Más de 600 mil trabajadores dejaron de cobrar asignaciones familiares desde que asumió Milei”.
Por otro lado, sostuvo que “la modificación impulsada por el Gobierno nacional es una forma encubierta de congelar las asignaciones familiares. Exigimos que las legisladoras y legisladores no voten a favor de este avance sobre el poder adquisitivo de las familias de los trabajadores”.
El artículo 68 del proyecto oficial deroga la normativa que establecía que “las asignaciones familiares previstas en la ley 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la ley 24.714, serán móviles”.
Asimismo, se elimina la disposición que definía que “el cálculo del índice de movilidad se realizará conforme a lo previsto en el Anexo de la ley 26.417”, y se anula el artículo de la ley 24.714 que estipula que “la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tendrá a su cargo el cálculo de la movilidad de conformidad con las pautas establecidas en la presente ley”.
24/9/2024