Por Redacción
La Secretaría de Comercio Interior de la Nación por medio de la Resolución Nº926/2021 reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados. La resolución se publicó este viernes en el Boletín Oficial.
La Ley estableció que en las páginas de internet de las grandes cadenas se deberán disponer los productos ofrecidos para la venta de de menor a mayor según su precio unitario de medida. Fuente oficiales confirmaron que “de esta manera, las y los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles”.
” Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria”, precisaron.
Por otro lado “los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por la Secretaría de Comercio Interior. De esta forma, si la o el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida”.
Asimismo, desde la Secretaría de Comercio Interior preciaron que “se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por pequeñas empresas (micro y pequeñas empresas, agricultura familiar, campesina e indígena, economía popular, cooperativas y/o asociaciones mutuales), también con señalética específica aprobada por la Secretaría de Comercio Interior”.
Por último se afirmó que “se utilizará la misma señalética en las tiendas virtuales y en los salones de venta para facilitar la visualización por parte de los consumidores y consumidoras. Los sujetos alcanzados tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las obligaciones que dicta la presente medida”.
10/9/2021