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Una broma que salió mal: La  Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo imputó a Havanna por presunta publicidad engañosa

Por Redacción

La  Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo, que depende de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, imputó administrativamente, el último martes, a la empresa Havanna por presunta publicidad engañosa, así como también por incumplimiento de oferta en sus cuentas de redes sociales.

La decisión oficial se tomó luego de comprobarse que la compañía “ofrecía una caja navideña con productos de la marca a todos aquellos que compartieran su número de CUIL y posteriormente, pasadas más de dos horas, expresó que se trataba de un engaño en conmemoración del Día de los Inocentes”, señalaron fuentes del organismo oficial.

En consecuencia “Havanna habría infringido el artículo 4° de la Ley de Defensa del Consumidor (N°24.240), ya que la publicidad en su conjunto contiene información falsa sobre el ofrecimiento de productos y no cumple el deber de brindar información cierta, clara y detallada”.

“Estas publicaciones también infringirían el artículo 7° de la Ley 24.240 que prevé las condiciones en las que se tiene que establecer una oferta o promoción. En ningún momento se establecen las bases de la promoción ofrecida por Havanna y no presenta fecha de inicio ni de finalización de la misma, como obliga la ley”, indicaron desde la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo.

Asimismo, se explicó que “el artículo 4° de la Ley 24.240 también contempla como información que debe brindarse lo establecido por el artículo 6° de la Ley 24.788 de Lucha contra el Alcoholismo que determina que en cualquier publicidad que contenga bebidas alcohólicas tiene que tener visible la leyenda “Beber con moderación. Prohibida su venta a menores de 18 años”. En este caso no se cumpliría tampoco con el deber de brindar información ya que se muestran bebidas alcohólicas y no figura la leyenda correspondiente”.

A partir de ahora la empresa tiene cinco días hábiles para hacer su descargo ante la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo. Luego se continuará con el proceso administrativo para dar cuenta de cuales serán las sanciones que se aplicarán en este caso.

 

 

 

 

29/12/2021

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