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Tres tribunales bonaerenses confirmaron las sanciones del Ministerio de Trabajo de la Provincia a las empresas Glovo, Rappi y Pedidos Ya

Por Redacción

Son tres los tribunales de Justica que confirmaron el resultado de las inspecciones efectuadas por el Ministerio de Trabajo bonaerense que dan cuenta que las empresas de plataforma, como Pedidos Ya, mantienen relación de dependencia con sus trabajadores. De esta manera, el Tribunal de Trabajo N°1 convalidó, este viernes, la multa a dicha compañía por irregularidades en el registro de los empleados.

Fuentes de la cartera de Trabajo bonaerense, precisaron que “la decisión se suma a una medida tomada en el mismo sentido por el Tribunal de Trabajo Nº 2 del Departamento Judicial La Plata contra la empresa Rappi, el 29 de septiembre con argumentos similares”.

El pasado 10 de septiembre, el  el Tribunal del Trabajo Nº 4 de La Plata, había confirmado la vigencia de las multas a la plataforma digital Glovo, por una situación análoga, que implicaba el incumplimiento de las normativas laborales vigentes, por parte de la empresa.

Asimismo, voceros del Ministerio de Trabajo de la Provincia, señalaron que “las sanciones, que se aplicaron en junio, se desprendieron de un operativo realizado en 2020 en el que se relevó la situación de 172 trabajadores de La Plata, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza”.

En ese momento, “se detectó entonces la falta de cobertura en materia de salud laboral, pago de aguinaldo y el otorgamiento de vacaciones entre más del 97% de las y los repartidos relevados”.

Luego de la apelación presentada por la empresa Pedidos Ya, el Tribunal de Trabajo N° 1, remarcó que ” la Constitución bonaerense manda al Estado provincial a ejercer el poder en materia de policial laboral”.

En ese orden, los integrantes del Tribunal, argumentaron que la empresa, “más allá de sostener lo contrario en algún pasaje de su defensa, admite la prestación de servicios por parte de los repartidores a quienes se vincula mediante un contrato comercial –que adjuntó como prueba instrumental-, mediante los cuales desarrolla su objeto de explotación, esto es el delivery de comidas y paquetería a domicilio, dentro de lo que denomina e-commerce”.

 

 

 

 

26/11/2021

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