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La Secretaría de Derechos Humanos de la CGT presentó el Proyecto de Ley Felipe Vallese de reparación de legajos de los trabajadores del sector privado detenidos-desaparecidos

*Por Redacción

La Secretaría de Derechos Humanos de la CGT, que encabeza Julio Piumato, anunció la presentación del Proyecto de Ley “Felipe Vallese que prevé la reparación de legajos de los trabajadores del sector privado detenidos-desaparecidos”. 

A través de un comunicado la Confederación General del Trabajo manifestó que “al cumplirse 43 años del golpe de estado más sangriento de la historia argentina, los trabajadores hacemos memoria de nuestros compañeros mártires desaparecidos. Lucharon por una PATRIA JUSTA, LIBRE Y SOBERANA, y derramaron su sangre víctimas de la represión salvaje que devastó a la Argentina y a su Pueblo”. 

Desde esa perspectiva la Secretaría de Derechos humanos de la CGT precisó: “Como siempre sostuvimos, la Junta Militar fue el brazo armado de los grupos financieros concentrados, y pusieron sus armas al servicio vil del terrorismo de estado para llevar a cabo el plan económico de Martínez de Hoz”.

En tal sentido se afirmó que  “en su discurso del 2 de abril de 1976, al presentar el programa económico, anunció que venía a dejar de lado “esquemas pasados de moda”, y con “gran pragmatismo” manifestaba que: “Se abre, señores, un nuevo capítulo en la historia económica argentina. Hemos dado vuelta una hoja del intervencionismo estatizante y agobiante de la actividad económica para dar paso a la liberación de las fuerzas productivas”. Y definía claramente al enemigo principal: “Hay una Argentina que muere, la del Estado elefantiásico que subsidia empresas ineficientes y cobija tanto a empresarios indolentes como a sindicalistas inescrupulosos”.

En ese contexto la Dictadura cívico-militar debía ” vencer la resistencia de los trabajadores organizados, llevando a cabo secuestros y desapariciones de delegados, comisiones internas completas, dirigentes; la intervención de sindicatos y de la propia CGT. Es por ello que más del 70% de las víctimas de la dictadura fueron trabajadores organizados”. 

“El Proceso Cívico-Militar, retomaba de esta forma, lo que habían iniciado en el año 1955 cuando derrocaron al General Perón, desatando una persecución sobre el movimiento de los trabajadores. Y que inició la lamentable y siempre condenable práctica de represión y desaparición de personas, entre los cuales recuperamos la memoria de Felipe Vallese, joven delegado sindical”, expresaron desde la Secretaría que conduce el judicial Julio Piumato.

En este marco se señaló que “así como impulsamos el juzgamiento de los responsables, hacemos un llamado para que se lleve a cabo la reparación de los LEGAJOS LABORALES de nuestros compañeros desaparecidos. En la inmensa mayoría de los legajos, aun figura su historia laboral como “abandono de tareas”, “despedido con justa causa” o “cesanteados”; terminología que oculta los crímenes atroces cometidos. Es por esto que queremos que en los mismos se inscriba la verdadera causal: no volvieron a sus trabajos porque fueron víctimas del terrorismo de estado”. 

La Secretaría de Derechos Humanos de la CGT precisó que “por iniciativa de la Comisión de Trabajo por la Reconstrucción de Nuestra Identidad, mediante el Decreto 1199/2012, se logró la reparación y entrega en actos públicos, de 150 legajos a familiares de las víctimas, en más de 19 establecimientos públicos. Asimismo, fueron incorporados al lugar de trabajo de la madre o del padre, 23 hijas e hijos de desaparecidos”. 

“Se impulsa un proyecto de ley que busca extender la reparación en el sector privado. En estos días lo presentamos nuevamente, a través del Senado de la Nación, para su aprobación. Contamos con apoyo de ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO para esta iniciativa pionera a nivel mundial que reivindica la historia del movimiento obrero argentino y se encuentra en concordancia con las recomendaciones de las NACIONES UNIDAS, en concepto de reparación moral y colectiva; para dar cumplimiento al deber de recordar y al derecho de toda sociedad de conocer la verdad para evitar en el futuro se repitan tales actos“, informaron desde dicha secretaría.

A continuación reproducimos el proyecto presentado: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1º.- Dispónese la inscripción de la condición de detenido-desaparecido, en los legajos laborales de
los trabajadores víctimas del terrorismo de Estado en el período comprendido entre el 16 de junio de 1955
y el 9 de diciembre de 1983 que revistaban, al momento de su desaparición, como personal en relación de
dependencia del sector privado, aun cuando figurasen desvinculados por cualquier otra causa.
A este efecto, se agregará la inscripción de detenido-desaparecido con el número de registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FONDOS DOCUMENTALES del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, organismo
desconcentrado dependiente de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN.
Dicha inscripción configurará la expresión de una reparación histórica de las violaciones a los derechos
humanos de los trabajadores del sector privado que hubieran sido verificadas.
A este efecto, los titulares de empresas unipersonales o, en su caso, los representantes legales si el empleador fuera una persona jurídica, serán responsables de la efectiva materialización de lo dispuesto en la
presente Ley.
Artículo 2º. – El PODER EJECUTIVO NACIONAL con la intervención de la autoridad de aplicación que determine, dictará las normas reglamentarias, aclaratorias, complementarias e interpretativas para la implementación de la presente Ley.
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación coordinará con el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA y con la
COMISIÓN DE TRABAJO POR LA RECONSTRUCCIÓN DE NUESTRA IDENTIDAD, a los fines de implementar la
reparación histórica dispuesta por el artículo 1° de la presente Ley.
Artículo 4º. – La COMISIÓN DE TRABAJO POR LA RECONSTRUCCIÓN DE NUESTRA IDENTIDAD quedará a
cargo del relevamiento de los trabajadores del sector privado que hayan resultado víctimas de desaparición
forzada, así como de realizar toda otra actividad tendiente a la identificación, preservación y clasificación de
informaciones, testimonios y documentos referidos al accionar del terrorismo de Estado.
Artículo 5º.- Los empleadores tendrán que informar sobre los avances y resultados de las reparaciones
dispuestas en el Artículo 1° de la presente Ley, a la autoridad de aplicación y a la COMISION DE TRABAJO
POR LA RECONSTRUCCION DE NUESTRA IDENTIDAD, en el plazo que en cada caso se determine.
Artículo 6º.- Invítase a las entidades sindicales con ámbito de actuación en el sector privado y a los organismos de derechos humanos a colaborar en la identificación de los trabajadores del sector privado víctimas
del terrorismo de Estado en el período comprendido entre el 16 de junio de 1955 y el 9 de diciembre de
1983, con la obtención de la documentación pertinente y demás acciones a su alcance.
Artículo 7º.- De forma.

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